BIENVENIDO AL CANAL DE DENUNCIA
NUESTRO COMPROMISO
Como empresa nos enorgullecemos de nuestros valores y principios éticos presentes en la base de nuestra cultura, los que definen nuestra manera de relacionarnos y actuar. Por ello y con el objeto de mantener y proteger los más altos estándares de integridad en los negocios, ponemos a disposición de nuestros colaboradores (trabajadores, ejecutivos o directores de la compañía) y terceros (personas que se relacionan directa o indirectamente con la compañía), este Canal de Denuncia.
Asumimos el compromiso que todas las denuncias serán atendidas y, si el caso lo amerita, remitidas a los organismos y/o unidades encargadas correspondientes.
Agradecemos su compromiso y cooperación para hacer de nuestra empresa una organización cada día mejor.
Si tienes consultas o reclamos respecto a la venta de productos, precios, cambios, devoluciones u otros asuntos comerciales, favor de ingresar al formulario de Contacto.
Sparta Perú se adhiere al Modelo de Prevención del Delito de la casa matriz en Chile (Ley 20.393 en Chile/ ley 30.424 en Perú). Que considera los siguientes delitos:
- Cohecho a funcionario público nacional o extranjero,
- Lavado de activos,
- Financiamiento al terrorismo,
- Receptación (Incorporado en Ley 20.931, publicada en julio de 2016),
- Negociación incompatible,
- Soborno (corrupción) entre particulares,
- Administración desleal,
- Apropiación indebida,
- Contaminación de aguas,
- Comercialización de productos vedados,
- Pesca ilegal de recursos del fondo marino, y
- Procesamiento, almacenamiento de productos escasos sin acreditar origen legal.
- Incumplimiento disposiciones de la Ley de protección al empleo (Ley 21.227).
- Inobservancia del aislamiento y medidas preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria.
A través de este correo electrónico canal.etico@sparta.pe, podrás denunciar hechos o conductas que puedan ser calificadas como delitos de la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
- Recuerda que todas las denuncias deben contar con antecedentes suficientes que permitan iniciar el protocolo de investigación interno.
- La empresa garantiza la confidencialidad y anonimato en la eventualidad que desee mantenerlo.